Precio
$812 MXN
Precio por persona IVA incluido.
Datos de pago
- BBVA Cta: 0155135125
- Titular: Antón Rioja S.C.
- CLABE: 012180001551351254
- RFC: ARI070226T57
Datos del Curso
- Registro STPS Agente capacitador externo
ARI-070226-T57-0013 - Expositor certificado EC1307
Registro y pago
- 50% de descuento para clientes con servicio activo de iguala con ANTON RIOJA S.C.
- 15% de descuento a grupos de 5 participantes en adelante.
- Los precios indicados aplican por persona, NO para transmisión a grupos NI grabación para transmisión posterior.
- IMPARTIDO COMPLETAMENTE EN LÍNEA, EN VIVO Y DE FORMA PERSONALIZADA, mediante la plataforma GoToWebinar
Temas
Módulo 1. Operaciones virtuales
- Concepto y fundamento legal inicial.
- Traspaso entre empresas IMMEX: artículo 112 de la Ley Aduanera. [2026] Reformado: quienes intervienen deben solicitar, proporcionar y conservar el expediente electrónico (art. 59, fracción V) desde la importación temporal hasta la transferencia, incluida la documentación del proceso productivo.
- Regla 4.3.21: metodología, requisitos de peso y de registro, excepciones y transferencias de franja o región fronteriza al resto del país.
- Reglas 4.3.22 y 3.1.42: contenido del expediente que acredita el proceso productivo en cada transferencia (contratos, CFDI, nómina, inventarios, fichas técnicas) y entrega de información a la receptora cuando el proceso lo realizó un tercero.
- Procedimiento paso a paso.
- Extemporaneidad y regularización bajo facultades de comprobación.
- Medios de transporte, plazos y cambio de régimen en virtuales.
- Medios de comprobación y riesgos. Presunción de contrabando por transferencias de mercancía importada mediante operaciones inexistentes o actos simulados (art. 103 CFF reformado; prisión de 5 a 8 años).
- Tipos de transferencia virtual e IVA:
- Regla 5.2.4: venta entre extranjeros y venta de IMMEX a extranjero con entrega en territorio nacional.
- Regla 5.2.5: transferencias entre IMMEX, ECEX y RFE; venta de proveedor nacional a extranjero; venta de RFE a IMMEX.
- Regla 7.3.3, fracción XIII: transferencia de empresa certificada (OEA) a residente en territorio nacional.
- Claves de pedimento V1, V5, V6 y V7 (Apéndice 2 del Anexo 22).
- Regla 5.2.6: requisitos y leyendas en CFDI o documentos equivalentes.
- Regla 5.2.7: devoluciones y virtual “inversa” de proveedores nacionales.
- Transferencias con diferimiento de aranceles: regla 1.6.13, escrito de la empresa receptora, esquema anterior y actual, y antecedentes de 2001.
Módulo 2. Regularizaciones
- Regla 2.5.1: regularización de mercancía extranjera sin documentación que acredite su legal importación, estancia o tenencia.
- Procedimiento y determinación de IGI, IVA, demás contribuciones y cuotas compensatorias.
- Regularización durante facultades de comprobación.
- Supuestos en que no procede (art. 101 LA).
- Regla 2.5.2: importaciones temporales vencidas y desperdicios.
- Procedimiento y restricción de pago mediante cuentas aduaneras.
- Aplicación de tasa preferencial por tratados o PROSEC.
- Regularización bajo facultades de comprobación.
Módulo 3. Rectificaciones unitarias y globales
- Artículo 89 de la Ley Aduanera y datos susceptibles de rectificación.
- Regla 6.1.1 RGCE 2026:
- Regla 6.1.2: rectificación del RFC por cambio de denominación, fusión o escisión, o error en el importador o exportador declarado.
- Rectificación de pedimentos derivada de un acuerdo conclusivo.
- Artículo 89 Bis (adicionado): solicitud posterior del trato arancelario preferencial no aplicado a mercancías originarias,
- Regla 6.2.1: pedimento global complementario anual para ajustar el valor en aduana.
- Requisitos y aplicación durante facultades de comprobación (multa del art. 185, fracción II, y plazo de 10 días).
- Aplicación a importaciones temporales IMMEX.
Módulo 4. Cambios de régimen
- Fundamentos: artículos 109 y 110 de la Ley Aduanera (sin reforma en 2025) y artículo 170 del Reglamento.
- Artículo 108 reformado cancelación del Programa IMMEX,
- Regla 1.6.8: cambio de régimen de materia prima con aplicación de tratados y de activo fijo importado antes de 2001.
- Regla 1.6.9: desperdicios, transferencia a empresas de acopio y facilidades en RRNA, valoración y clasificación.
- Regla 1.6.10: pago del IGI de activo fijo, transferencias entre IMMEX y depreciación.
- Claves de pedimento F4 (insumos y exportación temporal) y F5 (activo fijo y otras temporales): supuestos de aplicación
Expositor
Dr. Alberto Ruíz Rioja
Doctor en derecho, Maestro en derecho del comercio internacional, Licenciado en Derecho, Contador, Especialista en amparo, Certificado por la Asociación de Normalización aduanera y de comercio exterior ANACE, en el Estándar de competencias EC0432 Clasificador arancelario de mercancías.. Cuenta con mas de 33 años de experiencia en la consultoría, capacitación y docencia en materia de comercio exterior y aduanas, con especial enfoque jurídico y tributario.
