
Reforma a la Ley Aduanera eleva riesgo de embargos precautorios y costos para las empresas
«La reforma a la Ley Aduanera votada por la Cámara de Diputados generaría mayores cargas financieras a las empresas, ya que las autoridades aduanales podrán retener mercancías que detecten que están subvaluadas.
Al respecto, Gloria Rocío Estrada Antón, vocera de la Comisión de Comercio Exterior de Colegio de la Contaduría Pública de México, aseguró que existe una paradoja, ya que en la actualidad el valor de las mercancías se establece bajo reglas de tratados internacionales, bajo el acuerdo entre vendedor y comprador, por lo que generaría conflicto que la autoridad imponga un listado de precios
En entrevista para EL CEO, Estrada Antón alertó que si la autoridad detecta que los precios que ellos tienen son distintos al que el comerciante da en sus productos importados, podrá provocar un embargo precautorio, en el que tendrán un plazo de entre 10 días a 4 meses para resolver el proceso.
Además, las empresas afectadas ya no tendrán un umbral del 50% en relación con las comparativas de la autoridad y tampoco tendrán medidas concretas para mover sus productos y luego atender los requerimientos de las autoridades.
¿Qué es la reforma a la Ley Aduanera?
La reforma a la Ley Aduanera consiste en cambios a los artículos 144, 151, 153, 154 y 177 de la Ley Aduanera, en la que establecen la digitalización de los trámites aduanales, responsabilidad a agentes aduanales y el incremento de exigencias a Recintos Fiscalizados Estratégicos (RFE) y empresas bajo el esquema IMMEX.
Además de las restricciones para evitar la subvaluación de productos, se agregó en un transitorio el combate al huachicol fiscal, en la que se impondrán multas de entre 50% al 100% del valor comercial a quienes trafiquen con hidrocarburos.
Dicha propuesta se agregó en la cámara de Diputados durante la discusión de la iniciativa y la aprobó la mayoría de los diputados.
¿Qué impacto tiene en las empresas?
Gloria Rocío Estrada Antón alertó que la situación de las importaciones y exportaciones cambiaron y deberán tener en orden sus documentos para apelar el bloqueo de mercancías.
Mencionó que, previo a que ocurra la incautación de mercancías, las empresas deberán contar con una manifestación de valor electrónica de los productos, así como otros documentos que soporte los pagos en el extranjero, nuevas facturas, datos de gastos incrementables, entre otros documentos.»
